Pendientes de contestar

Son aquellas solicitudes, quejas o sugerencias que han sido enviadas telemáticamente al Ayuntamiento por la Asociación, a través de la «Seu electronica» y que hasta este momento no han merecido ningún tipo de respuesta escrita (como establece la Ley 39/2015 de 1/10, del Procedimiento Administrativo Común), ni verbal.